viernes, 7 de septiembre de 2012

DIPUTADO MONASTERIO ENTREGA SENTENCIA DE LA CIDH AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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DIPUTADO MONASTERIO ENTREGA SENTENCIA DE LA CIDH AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

El dictamen tiene carácter vinculante para los estados miembros de la OEA. Establece que las autoridades electas sólo pueden ser suspendidas con sentencia ejecutoriada. El legislador solicitó que el Tribunal resuelva cuanto antes la inconstitucionalidad de los artículos 144 y 145 de la Ley Marco de Autonomías para evitar que se sigua dañando la democracia con la suspensión de autoridades.


Sucre, 7 de septiembre e 2012 (Prensa Convergencia).- "He venido al Tribunal Constitucional a presentar una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que establece que las autoridades electas sólo pueden ser suspendidas de sus cargos con sentencia ejecutoriada, afirmó el diputado Tomás Monasterio al momento de entregar el fallo de la CIDH que "es vinculante y de cumplimiento obligatorio para los tribunales del país.


Con estos fundamentos, el parlamentario solicitó además al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que resuelva de forma "definitiva y con urgencia" la acción de inconstitucionalidad que él mismo interpuso contra los artículos 144 y 145 de la Ley Marco de Autonomías, que posibilitan la suspensión de autoridades electas sin que tengan sentencia ejecutoriada.


"Es necesario y prioritario que el Tribunal Constitucional resuelva cuanto antes este recurso y declare inconstitucionales los artículos 144 y 145, para evitar un mayor daño a la democracia del que ya se ha ocasionado", afirmó Monasterio.


Con respecto a lo sostenido por el presidente del Tribunal Constitucional, Rudy Flores, Monasterio lo invitó a interiorizarse de las normas que rigen en el TCP. "Su declaración es desgarrada ya que no respeta el tecnicismo jurídico, dejando en indefensión a la población litigante que tiene derecho de recurrir a las medidas cautelares cuando existe un proceso en el Tribunal Constitucional".

 

Monasterio lamentó que además de Flores, el diputado Héctor Arce y el magistrado Gualberto Cusi desconozcan el nuevo Código Procesal Constitucional, que establece que dentro de las acciones y demandas en el Tribunal Constitucional, se pueden dictar medidas cautelares para evitar "daños mayores e irreparables". 


Esta afirmación fue hecha en relación a que a tiempo de ser admitida la acción de inconstitucionalidad presentada por él, se otorgó la medida cautelar de suspender temporalmente los procesos contra autoridades, hasta que el Tribunal se pronuncie de manera definitiva al respecto.

 

/// PRENSA CONVERGENCIA

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